LEY 24.901 – PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Expositora: Dra. María Belén ZARZA

Ahora quiero hablarles de la Ley 24.901 que tiene por nombre”Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad”.

El objetivo de esta ley, como lo dice su título, es crear un sistema de prestaciones básicas para la personas con discapacidad que puedan ampararlos y cubrirlos con determinadas prestaciones. Su ámbito de aplicación tiene que ver con que las Obras Sociales deben cubrir estas prestaciones básicas para las personas con discapacidad y su entorno. La población beneficiaria son obviamente las personas con discapacidad y su entorno. Se entiende por personas con discapacidad a las personas que tengan alguna alteración funcional de su sistema, a nivel motriz, a nivel intelectual ó sensorial que le produzcan una desventaja respecto de su entorno, su vida social o simplemente sus actividades de la vida diaria.
Hablando de las prestaciones básicas, como ven tiene que ver con el desarrollo de la vida diaria de las personas con discapacidad y las etapas por las cuales va pasando.

Las prestaciones preventivas tienen que ver con las anteriores a su nacimiento, a las que se pueda prever respecto de su madre; si se detecta alguna discapacidad que sea lo más temprano posible para poder tomar las medidas del caso y esperar a esa persona con la mayor prevención posible.

Las prestaciones de rehabilitación tienen que ver con facilitarle su desarrollo motor para poder desenvolverse en su vida y hacérsela más fácil.

Las prestaciones terapéuticas tienen que ver con que esa persona tenga satisfecha sus necesidades de la vida diaria y las tenga facilitadas para que su medio se haga menos hostil.

Las prestaciones educativas, con su desarrollo escolar y educacional y las prestaciones asistenciales con lo básico para una persona con discapacidad.

Respecto de los Servicios específicos que contempla esta ley, estamos muy vinculados con lo que les acabo de comentar. Son:
La estimulación temprana en los primeros años de vida de la persona
La educación en cuanto a la formación escolar, preferentemente desde los 6 hasta los 13 años, lo que es una educación básica.
Luego el proceso de formación laboral que es un proceso de capacitación y meramente educativo.

Luego los centros de día, que tienen que ver con ciertas personas que tengan determinada discapacidad, a través de sus propias posibilidades puedan desarrollar actividades dentro de una institución que les permita desarrollarse y expandirse y así buscar un espacio.

El centro educativo terapéutico tiene que ver con las personas que necesitan determinados servicios para desarrollar terapias y a sí desarrollar sus máximas potencialidades.

En cuanto a la rehabilitación motora, tiende a desarrollar lo mejor que la persona pueda a través de su motricidad y poder zanjar las diferencias que tenga con la gente que no padezca ninguna discapacidad. Y por último trabajar a través de la ortésis, que son los dispositivos que pueden alinear extremidades que le resulte a la persona disfuncional por alguna desventaja. Utilizar las ortesis le va a permitir poder desarrollar sus actividades de la vida diaria de la mejor manera.

Ahora me permito hablarles de los Sistemas alternativos al grupo familiar. Tenemos que hablar de tres sistemas distintos:
Las Residencias que son instituciones que contienen a las personas con discapacidad que pueden administrar sus propios bienes y tener la mayor posibilidad de autoalimentación pero que no pueden vivir con sus familias y que necesitan ser contenidos en otro lugar.

Los Pequeños hogares son también instituciones hechas para contener a las personas con discapacidad pero que no tengan grupo familiar y que necesiten contención, específicamente menores. Y por último los Hogares que tienen que ver con las personas con discapacidad que necesitan mayor asistencia y no tenga grupo familiar continente, siendo menores ó también adultos.

Les hablo de algunas Prestaciones complementarias de esta ley. Lo que les he dicho era lo básico de algunas prestaciones complementarias que me parece bueno puntualizar, como son cobertura económica; apoyo para acceder a prestaciones de las que antes les hablé; la iniciación laboral (se da una cobertura por única vez a la persona con discapacidad, para insertarlo en el mundo laboral); la atención psiquiátrica y los tratamientos prolongados.

Muchas gracias por escucharme y brindarme su tiempo.

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